CARTA DOCUMENTO ANTE SANCIONES INJUSTIFICADAS
Hace unas semanas atrás, el compañero Gonzalo Bernabó que trabaja en la campaña Matarala, recibió una nota de suspensión por una llamada que fue escuchada “en vivo” y en la cual se lo acusò de haber dejado al cliente en espera durante unos 20 minutos. El compañero se negò a firmar la nota y fue a trabajar al día siguiente en el horario habitual. Se le comunicò que recibirìa una carta documento informandole de la sancion, pero èsta carta nunca llegò. Asi es que el compañero Gonzalo volviò a presentarse a su lugar de trabajo, y esta vez el personal de seguridad del edificio ( C. Pellegrini 887 ) le negò la entrada por orden expresa de la manager. Tambien le fue negada la posibilidad de contar con alguna constancia que indicara que, habièndose hecho presente en el horario que le correspondìa, no se le dejò entrar a trabajar. Ante esta situación, el compañero optò por enviar una carta documento a la empresa que transcribimos a continuación:
Carta documento para …:
Habiéndome presentado a mi lugar de trabajo en fecha ........... y no habiéndome Ud. permitido tomar tareas intimo plazo 24 hs. aclare situación laboral y otorgue tareas.Asimismo atento la relación laboral que me une a ud, y de la cual la empresa …Matarala resulta solidariamente responsable por ser única beneficiaria de la labor que de modo normal realizo, INTIMO a Ud. en plazo de ley se abstenga de seguir realizando conductas que impiden el normal trato de una relación de trabajo, a saber: 1) violación del art. 197 LCT, en cuanto la jornada de labor debe considerarse que se inicia desde que se pone a disposición del empleador la fuerza de trabajo y termina cuando me retiro al finalizar mi horario de labor, no siendo imputable a mi persona el tiempo de demora en conectarme al sistema, viéndome perjudicado al poner a su disposición horas de trabajo que no me son abonadas, cuestión que en el último tiempo se ve agravada por la falta de maquinas que funcionen correctamente para realizar mi trabajo. A tal fin intimo se abone salario mensual y no por horas trabajadas; 2) suspensiones abusivas a fin de dar por decaídos premios por Ud. mismos implementados; 3) debido encuadre en actividad telefónica con la contemplación de horarios y condiciones que se relacionan con mi salud. La tarea que en forma exclusiva realizo no es comercial sino de atención telefónica. Absténgase de seguir tomando represalias, como el haberme impedido ingresar a trabajar en fecha........, ante mis justos reclamos. Todo ello bajo apercibimiento de ley.
Si te suspenden podés enviar una carta similar. Antes de hacer nada, asesorate con un abogado. Organizate en tu grupo para que todos impidamos que aperciban o suspendan sin causa y arbitrariamente.
Si no conoces abogados o no tenes a nadie que te lo recomiende el Ministerio de Trabajo creo un programa de asesoramiento:ASISTIR es el programa a través del cual el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social garantiza el asesoramiento en forma gratuita del trabajador que lo solicite, cuyo lugar de trabajo o domicilio se encuentre en la ciudad de Buenos Aires. ASISTIR patrocina no sólo a los trabajadores en aquellas demandas de competencia de la justicia nacional del trabajo, sino también como instancia previa prejudicial obligatoria en los reclamos que se tramitan en el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).Servicios que brinda:Información y asesoramiento sobre sus derechos laborales.Le facilita, en forma gratuita, abogados que puedan representarlo y patrocinarlo en sus reclamos judiciales
Donde presentarse:* En 25 de Mayo 645, de lunes a viernes. Para la primer consulta se otorgan números de 10.00 a 12.00.* Para consultas posteriores solicitar turnos telefónicamente al (54-11) 4310-5786/5959, en el horario de 13.00 a 16.00.







